El doctor Francisco Guiñazú.

Opinión: Soberanía popular e idoneidad

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Por Francisco Guiñazú.

La Republica Argentina en su preámbulo y texto constitucional, confieren a la voluntad popular un lugar preponderante e inexpugnable en democracia. La legitimidad del Estado de derecho está “anclada” a este concepto que ubica al sufragio como “fuente originaria de todos los poderes”, tal como en forma constante la propia CSJN viene sosteniendo desde el restablecimiento democrático (ver Tomo 306 al 343 de fallos desde 1984 en adelante). Ello, debe ser complementado con el adecuado control a los ungidos por el voto popular, asegurando también la tutela de los derechos fundamentales, individuales y colectivos, que deben contar con la oportuna protección del Poder Judicial, lo cual debemos considerar una “conquista irreversible del sistema democrático” originariamente sostenido, reitero, en la voluntad del pueblo.

Dicho esto, observo que la participación ciudadana en las elecciones generales, se ha reducido a niveles realmente preocupantes, pues no sólo el ausentismo eleccionario es muy elevado, sino también el voto en blanco y anulados, hasta el extremo que sumados, en algunos casos, superan los votos positivos de muchos de los espacios que compiten.

Esta realidad nos interpela el análisis de las razones por las que la soberanía popular se mantiene resentida en volumen y, actuar en consecuencia. Destaco que el ausentismo es generalizado en todas las provincias y, en algunas provincias, es mucho mayor que la media nacional, como ocurrió en la reciente elección en la provincia de Córdoba, donde se elevó al 30 % o en Santa Fe al 27 %, porcentuales a los que, reitero, hay que agregar el voto en blanco o los anulados que nos acerca al 40 % de abstención aproximadamente.

El individualismo, expresado en quienes desconsideran el interés común, es sin dudas, un aspecto complejo pues su abordaje incluye circunstancias que rodean a cada uno de dichos ciudadanos, sólo involucrados en sí mismos.

Ahora bien, no debemos quedarnos en ello, pues hay otros factores que condicionan la participación; una de ellas, es el descrédito de la política y sus gobernantes a quienes genéricamente se les atribuye la implementación de políticas públicas que han perjudicado y perjudican a gran parte del pueblo argentino.

Lógicamente, el fracaso de la mala política, la in-idoneidad y la corrupción “alimentan el ausentismo” de un pueblo desanimado, triste y golpeado por un populismo que insiste en actuar a contramano de las necesidades de sus conciudadanos y que cínicamente hablan en nombre de los pobres defendiendo políticas que han aumentado el nivel de pobreza en porcentuales que superan el 50 % y siempre diciendo lo que es lindo escuchar aunque sea inconveniente.

También la instalación de sistemas electorales que desvalorizan la soberanía del pueblo, favorecen el ausentismo, como ocurre en San Luis con el sistema de lemas y sublemas impuesto a través de la ley XI-1086-2022 y su decreto reglamentario 827/23 que permiten el triunfo de los candidatos que no fueron los más votados, desnaturalizando la voluntad de los ciudadanos.

También contribuye, en nuestra provincia, la errónea interpretación de la ley XIII-1038-2020 que aplicada en el marco de la ley de lemas y del sistema proporcional D’Hondt, desvirtúan la voluntad popular. Prontamente aparecerá la categoría “no binario”, que con éste razonamiento, exigirá un cupo propio, más allá de su representatividad.

Muchos ciudadanos pueden preguntarse con cierta lógica: ¿Para qué votar si después el candidato más votado puede ser desplazado? o bien; ¿Para qué votar si el candidato elegido por el pueblo puede ser excluido debido al género? El art. 23, 1er. párrafo de la Constitución Provincial, en concordancia con el art. 16 de la Constitución Nacional y el mismo artículo de la provincial, establecen que “todos los habitantes de la provincia de San Luis, sin distinción de sexo son admisibles en los empleos públicos sin otra condición que la idoneidad”, por lo que debieran “removerse” todos los obstáculos y/o discriminaciones que desalientan la participación ciudadana.

Sólo saldremos del fracaso, comprometiéndonos con el sufragio universal, respetando plenamente la soberanía del pueblo, sin discriminaciones y, de la mano de la “idoneidad” en el ejercicio de la función pública, que tiene su fuente en el conocimiento, mérito, honestidad, trayectoria y ello, debiéramos exigir a nuestros candidatos, legisladores y gobernantes en general; sólo así alentaremos una mayor participación, mejoraremos nuestra calidad de vida y el funcionamiento de nuestras instituciones.

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