En memoria de Santos Ortiz, el ensayo ganador del Premio Especial escrito por un puntano

13 de febrero de 2025
Muerte en Barranca Yaco, por el pintor genovés Cayetano Descalzi (1809-1886).

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El artículo que DePolítica reproduce a continuación es autoría del actual rector de la Universidad Nacional de Villa Mercedes (UNViMe), Marcelo Sosa.

Se trata del texto ganador del Premio Especial en el Concurso Nacional de Historia, del año 2008, que fue publicado en la prestigiosa revista «Todo es Historia» que fundó el eminente Félix Luna.

Su reproducción en esta página viene a cuenta de que el próximo domingo 16 de febrero se cumplirá un nuevo aniversario del asesinato de quien en 1820 se constituyera en el primer gobernador de la provincia de San Luis, José Santos Ortiz, hecho sangriento acaecido en 1835 en Barranca Yaco, Córdoba, cuando el puntano viajaba junto a Facundo Quiroga, escena criminal inolvidablemente recreada por Jorge Luis Borges en el poema «El General Quiroga va en coche al muere«.

A continuación, su reproducción:

El puntano José Santos Ortiz

Si después de un tiempo el hombre se detiene en la historia para meditar sobre el camino que ha recorrido en la forja de su identidad lugareña, aparecen sin duda personajes e hitos que han contribuido de modo significativo a esa construcción colectiva. En el caso de los puntanos, no puede soslayarse la figura de José Santos Ortiz en la conformación de la identidad sanluiseña, principalmente desde la autonomía provincial, en la etapa jurídica preconstitucional de nuestro país.

Ortiz fue un gobernante que estuvo a la altura de las circunstancias, en tiempos, modos y lugares, donde se inició el gran debate -todavía no resuelto sobre la organización del país y la filosofía política que debia guiarlo: el centra-lismo/unitarismo o el federalismo/provincialismo, y su posicionamiento regional en Cuyo: «le correspondió la durísima faena de gobernar en medio de permanentes zozobras. Sin embargo, son numerosos los documentos que revelan su propósito de actuar con nobleza y en forma fecunda, sin sembrar odios ni avivar rencores».

Desde el principio sostuvo que su constante preocupación era encontrar el medio más eficaz para «ir uniendo a todas las provincias y uniformar con ellas opiniones encaminadas hacia la gran obra de la organización nacional» y así lo hizo saber al gobierno de Buenos Aires.

Desde la Revolución de Mayo y hasta cerca de 1830 se realizaron numerosos intentos de organización del país, que aunque no llegaron a concretarse definitivamente, constituyeron importantes aportes al Derecho Público al igual que los tratados interprovinciales.

Derrumbada la estructura virreinal como consecuencia del proceso independentista, las antiguas provincias reorganizadas por las Ordenanzas de Intendentes, se vieron inmersas en una etapa de indefinición: algunas se disgregaron y otras nuevas surgieron. Hacia 1820 existieron en la práctica, unidades políticas ya denominadas provincias que se consideraron estados libres, independientes y soberanos; varias de ellas conservaron sus límites históricos.

Intentos de organización

La configuración política del conjunto de las Provincias Unidas estuvo indefinida por un periodo de casi cuarenta años, con sucesivos rechazos a los intentos de organización con tinte unitario. Entre los instrumentos más importantes, pueden mencionarse el Reglamento de 1811, que creó el Triunvirato y esbozó la división en tres poderes; Estatuto de 1811, acerca de la libertad y seguridad de los individuos; Asamblea del Año XIII, con la libertad de vientres, extinción del tributo indígena y los títulos de nobleza y organización de la administración de justicia; Estatuto de 1815, primer Poder Ejecutivo unipersonal, que organizó el país bajo la forma centralista; la Constitución de 1819, de corte aristocrático, unitario y centralizador; la frustrada Constitución unitaria o rivadaviana de 1826, con similares características y suerte; Tratado del Pilar, compromiso a favor del sistema federal entre Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe; Tratado del Cuadrilátero de 1822, entre Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes, que reconoció la igualdad e independencia de las provincias, dentro de la unidad de nación; Pacto Federal de 1831, por el cual Buenos Aires, Entre Ríos y Corrientes se comprometen a realizar un congreso para el dictado de una constitución del tipo federal.

La mayoría de estos acuerdos eran suscriptos por jurisdicciones que ejercían su soberanía dentro de un proyecto de Estado federal futuro. El Pacto Federal de 1831 preveía invitar a todas las provincias de la República, cuando ésta, «en plena libertad y tranquilidad, pudiera reunirse en federación con las tres litorales, y que por medio de un Congreso General Federativo se arregle la administración general del país, bajo el sistema federal, su comercio interior y exterior y la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias».

Después de la batalla de Cepeda de 1820, los caudillos Estanislao López y Francisco Ramírez, exigieron la disolución del poder central y del congreso y reclamaron la autonomía de las provincias. En nuestra región el efecto fue la desintegración de la Intendencia de Cuyo, que dio origen a tres provincias: Mendoza, San Juan y San Luis.

Luego del Tratado del Pilar, mencionamos especialmente por su vinculación al presente trabajo los siguientes docu-mentos: Acta de amistad y unión entre Mendoza y San Juan (23 de marzo de 1820); Acuerdo de amistad y unión entre Mendoza y San Luis (24 de abril de 1820); Pacto de unión entre Mendoza, San Juan y San Luis (abril de 1821); y Pacto de San Miguel de las Lagunas (22 de agosto de 1822).

La hermana mayor.

Nuestro federalismo es muy particular. Existe una especie de construcción hecha en el tiempo que excedió a la prevista por los constituyentes. La Constitución en efecto planteaba el régimen federal como un medio para lograr la unidad del país, más en la realidad se transformó en un verdadero fin, el cual, por otra parte, aparecía como más lejano y difícil de conseguir.

Se dio en el tiempo una rivalidad entre el puerto/ciudad y el desierto/interior, al punto que llegó a configurarse una central de ramificaciones donde todo empieza y termina en la ciudad de Buenos Aires, mientras que la otra parte de la Argentina o las Provincias Unidas pasaron a desempeñar un segundo plano en la vida social, económica, política y cultural.

El puerto intentó distinguirse a modo de revancha de aquel lugar relegado que le adjudicó la Corona española hasta el año 1776 cuando Carlos III creó el Virreinato del Río de la Plata, haciendo notar que su pasado dependiente de Lima y del comercio de la plata de Potosí nunca había existido.

Buenos Aires pronto asumió, por su ubicación geográfica e intereses económicos y políticos, una postura defensiva del libre comercio exterior y contrabando con las economías foráneas, con la toma de partido por la libre navegación interior de los ríos del Litoral frente a un interior provincial que intentaba subsistir con recursos primitivos y escasos. Debió ser motivo de unidad y común progreso pero se transformó en factor de desencuentro, intereses exclusivamente locales y de discordia con el resto de las provincias que se gestaban.

Las sociedades que se generaron fueron claramente antagónicas: una liberal, la porteña hacia el litoral, y otra con-servadora, donde señalamos particularmente a la cordobesa y salteña por cercanía geográfica y jurisdiccional, camino al Alto Perú y a Lima. A su vez, se generó lentamente un centralismo unitario con las ideas liberales, en contra de las ideas federales asimiladas al pensamiento tradicional.

El pensamiento unitario requirió la existencia de una sola autoridad para el gobierno de la sociedad y de la Nación, con un poder institucionalizado, con una elite ilustrada e iluminista, la centralización del poder económico, la organización militar centralizada y sistemática no caudillesca, y sostuvo la preexistencia de la nación.

Los federales sostuvieron la superposición de dos autoridades: la nacional y la provincial o de Estados locales, establecidas en torno de un poder personalizado, los caudillos que contaban con una base social muy importante, con gran apoyo e identificación popular, daban especial importancia a los pactos territoriales preexistentes. En el aspecto económico defendían monedas y aduanas locales, en el área militar prevalecía el valor antes que el sistema, en lo jurídico, prevalecía la ley local y los municipios, sosteniendo la preexistencia de las provincias.

Desde 1820 hasta 1853, casi sin excepciones, triunfa la tesis federal, acompañada por el apoyo de las masas populares, con democracia inorgánica, un poder nacional ausente y la creación empírica de una institución original, por la cual se le encomendaba al gobernador de Buenos Aires el manejo de las relaciones exteriores de la nación.

 

La figura del caudillo.

Como consecuencia de esa situación, aparecieron los caudillos como conductores populares defensores de las autonomías provinciales; generalmente accedían al poder por vías de hecho, no recibían su consagración como jefes por ningún acto expreso de carácter jurídico, poseían la autoridad de tal, al margen de los actos a que pudiera apelar para legitimar su autoridad: formas de elecciones o plebiscitos, contando en cambio con una tácita adhesión que los sostenía, producto de la convicción de que defendían los intereses locales y regionales. Estos caudillos, de una u otra manera, gobernador el país desde 1820 hasta 1853, profesando un federalismo casi sin base doctrinaria. Entre los más importantes pueden mencionarse a Juan Facundo Quiroga, Francisco Ramírez, Estanislao López, Juan Bautista Bustos, y José Santos Ortiz y Pablo Lucero en San Luis.

En esta última provincia, los primeros intentos jurídico-institucionales se dieron en 1820 cuando el gobernador José Santos Ortiz intentó crear por decreto un Poder Judicial; en 1832, “un cuerpo constituyente orientado por unos candorosos presbíteros», como dice Sosa Loyola, y dictó «aquel bárbaro estatuto constitucional» denominado Reglamento Provisorio para el Régimen y Gobierno de la Provincia, «el más pobre de los textos constitucionales argentinos, sancionados por las provincias haciendo digna pareja con el Estatuto de 1819 del general Estanislao López… cuerpo de doctrina bárbara».

 

El gobernador puntano.

José Santos Ortiz, era el hijo de don Pedro Ortiz y de doña Candelaria Freites y nació en la ciudad histórica de Renca, provincia de San Luis, el 1º de noviembre de 1784; fue gobernador de San Luis desde el 21 de agosto de 1821 hasta el 21 de abril de 1829. De «esplendidez en el trato» en 1819 fue comisionado para iniciar conversaciones con los caudillos litoraleños pero el director supremo Juan Martín de Pueyrredón, sorpresivamente impidió su gestión, seguramente por temores de que el puntano asumiera posturas distintas a las de Buenos Aires y que pudiera construir un liderazgo propio.

Luego de la sublevación de Mendizábal en San Juan y de la renuncia de Luzuriaga como gobernador de Mendoza, el cabildo puntano congregó al pueblo y exigió la dimisión a Vicente Dupuy, declarando que los habitantes quedaban en el pleno goce de hombres libres. Quien lideró ese movimiento fue José Santos Ortiz y a través del Cabildo ejerció las atribuciones que le competían al anterior teniente de gobernador. Fue propicio ese momento para comunicar «al gobierno de Buenos Aires y a las demás provincias, expresándose, en las comunicaciones, el anhelo del pueblo puntano por aquel gran día en que la nación por medio de sus representantes sea ligada por los lazos indisolubles” .

Esta tal vez pueda considerarse la primera declaración institucional formal de intención para la construcción de un Estado Federal.

Al necesitar Buenos Aires de la reunión de un Congreso Nacional para realizar la unión de las provincias y dictar la Constitución, resolvió enviar una comisión que en Cuyo la encabezó el «doctor Estanislao Zavaleta, porque estas provincias tenían entonces al frente de sus destinos a los hombres más importantes del interior: Ortiz en San Luis, Godoy Cruz en Mendoza, de positiva influencia en el ánimo del gobernador Molina, que acababa de sucederle en el cargo, y en San Juan el general Urdininea que recibía las inspiraciones de los eminentes ciudadanos Narciso Laprida, presidente del Congreso de Tucumán que declaró nuestra independencia y el doctor Salvador María del Carril. El doctor Zavaleta llegó a San Luis siendo muy bien recibido y agasajado por Ortiz».

La ansiada autonomía.

En el año 1813 Mendoza, San Juan y San Luis se integraron bajo un denominador común, Cuyo. San Luis era todavía una de las postas del Camino Real que unía Buenos Aires con Santiago de Chile, en medio del largo y tedioso recorrido de esa ruta donde «todo en la pampa era más peligroso que el mar. No en vano las carretas, los arreos y las diligencias hacían los viajes en crucero, formando tropas.

Las distancias enormes entre un poblado y otro, la falta de animales, de repuestos y las inclemencias del tiempo hacían de cada viaje una aventura digna de admiración», en la jurisdicción puntana existían varias postas.

La Constitución sancionada en 1819 fue aceptada por Mendoza, pero no pudo sustraerse a los movimientos autonomistas que estallaron inmediatamente. Tras la asonada del 9 de enero de 1820, San Juan y San Luis se segregaron.

En el complejo período que va desde 1820 hasta Caseros en 1852, hubo algunos intentos de rehacer la unidad cuya-na, como el proyecto de proclamar la República de Cuyo, sostenido por Salvador María del Carril y Narciso de Laprida, al que se sumaron San Juan y San Luis, pero no Mendoza.

Como dijimos, en 1820 Ortiz proclamó la autonomía de San Luis respecto de Cuyo y su capital, siendo en este sentido el primer gobernador de la etapa preconstitucional y el instaurador de la Cámara de Representantes; bajo su gobierno comenzó el declive del Cabildo como elemento de representación política y se consolidó la actividad administrativa en la ciudad de San Luis. A este lapso se lo denomina Período Restaurador Independiente.

En 1824 Ortíz envió como representante de San Luis al Congreso Constituyente reunido en Buenos Aires, a su cuñado Dalmacio Vélez Sarsfield. El 24 de diciembre de 1826 quedó sancionada la «Constitución de la República Argentina» con fundamentos en la de 1819, de corte netamente liberal y unitario: los gobernadores eran nombrados por el Presidente mediante una terna y tenían dependencia directa de éste.

Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza, Corrientes, San Juan y San Luis expresaron su rechazo. El Congreso Constituyente «se autodisolvió, extinguiendo al mismo tiempo al gobierno nacional. Recomendó a la legislatura de la provincia de Buenos Aires la dirección de la guerra y de las relaciones exteriores, hasta tanto las provincias, reunidas nuevamente, no resolvieran otra cosa».

El gobernador tomó la decisión de no aceptar la Constitución de 1826 por ser unitaria. Así la Honorable Representación dispuso: «1°. La provincia de San Luis no admite la Constitución dada por el Congreso General Constituyente el 24 de diciembre del año pasado de 1826, por no estar montada sobre la base de federación por que se ha pronunciado la pluralidad de las provincias». No obstante lo cual afirma: «2°. Conservará con ellas las relaciones de unión y confraternidad, para el sostén mutuo de la libertad y de los derechos».

Cuando se le concedió a Rosas el manejo de las relaciones exteriores de las Provincias Unidas, San Luis fue la única jurisdicción que hizo la reserva de garantizar la autonomía provincial v en caso que en el orden internacional se afectara de algún modo los intereses o derechos provinciales debía mediar la intervención de la Cámara de Representantes.

Amigo personal del rioiano Facundo Quiroga. Ortiz construyó con éste la idea regional de las futuras provincias argentinas que estaban delimitándose y encontró la muerte junto a Quiroga en 1834 en Barranca Yaco. Ortiz regresaba de un viaje donde se le había encargado la misión de redactar un acuerdo de paz entre las provincias del norte.

La Constitución de 1853, a cuya elaboración contribuyeron activamente los representantes mendocinos al Congreso de Santa Fe, fue aceptada de inmediato por la provincia.

 

Los tratados interprovinciales.

Mendoza promovió, entre 1820 y 1822, remedios para superar la crisis política que sobrevino luego de la batalla de Cepeda, cuando fue derrocado el gobierno nacional (Directorio a cargo de Rondeau).

En 1820, se firmó un Tratado con San Juan y otro con San Luis; en 1821, se intentó llevar adelante la redacción de una Constitución de los Pueblos de Cuyo; y en 1822, se firmó el compromiso del Pacto de San Miguel de Las Lagunas.

El gobernador Ortiz convocó a los gobernadores de Mendoza y San Juan a una entrevista en San Miguel de las Lagunas, el 22 de agosto de 1822, llamado «Pacto de Unión», en el que se consideraba invitar a todas las provincias a un congreso a realizarse en San Luis antes del 1° de diciembre para reunir una convención que creara las bases para regir las provincias de Cuyo.

El pacto fue firmado el 22 de agosto de 1822 por los gobernadores Pedro Molina (Mendoza), José Santos Ortiz (San Luis) y Salvador María del Carril (San Juan). Este Pacto consta de 6 artículos, entre los cuales se destaca el objetivo de «formar una autoridad central representativa de todos los pueblos de la unión que dicte la constitución que debe regirlos…».

Por el bien general de los pueblos se propicia la reunión de un congreso que dicte y uniforme el sistema del gobierno general (Art. 1) cuya primera reunión de diputados se realizará en San Luis (Art. 2) y por dicho Pacto quedan comprometidos a celebrar una convención que establezca las bases por la que ha de regirse la provincia de Cuyo (Art. 5) sujetando su ratificación ante los pueblos respectivos (Art. 6).

Con posterioridad, el 1° de abril de 1827 se firmó el pacto de Huanacache por los comisionados de Mendoza, José L. Güiraldes; San Juan, Manuel Quiroga y San Luis, José Giménez. Contenía 9 artículos en los que se comprometen a conservar la paz y las relaciones amigables; «Los Govier-nos de Mendoza, San Juan, y San Luis se comprometen de modo más solemne á conserbar la paz y amigables relaciones que actualmente existen entre los pueblos contratantes, y conserbar el orden interior en cada una de ellas garantiéndose recíprocamente de un modo decisivo y eficas» y con el «doble objeto de que generalmente reconsentradas puedan convertir todos sus recursos en favor de la guerra que con justicia sostiene la Nacion contra el emperador del Bracil, y asimismo contraerse en la calma de las paciones a organizar la Nacion bajo la forma y baces que reclama el pronunciamiento publico y espontaneo de la opinion general» (Art. 1). Las provincias signatarias conservan sus actuales derechos y libertades hasta la adopción de la constitución que debe regir en la República (Art. 2) y considera que toda agresión a una de ellas será sentida por las tres y reunirán sus fuerzas para repelerla (Art. 3), comprometiendo su mediación para que se suspenda la guerra civil (Art. 4) y concurrir para con todos los auxilios posibles a la guerra con el Brasil (Art. 5). También coincidían en sostener como única y verdadera a la religión católica apostólica romana (Art. 7) y concluían declarando que estos convenios son provisorios y duran hasta que se constituya la República (Art. 8) y la ratificación de las legislaturas provinciales respectivas (Art. 9).

El rol de José Santos Ortiz

Luego de rechazada la Constitución de 1826, el gobernador de San Luis, según hemos visto no dejó de trabajar en pos de la unión de las provincias de Cuyo, como lo prueba la firma del Tratado de Huanacache en 1827.

También conferenció con el gobernador Bustos de Córdoba y con el de San Juan para reunirse en San Luis y a través de una Convención de diputados de las provincias debatir la forma de gobierno más conveniente para el país, siempre en los términos de respeto por las autonomías provinciales y la reserva del «derecho de revisar y sancionar la constitución de que trata el artículo anterior».

Con buen criterio afirma Juan W. Gez que «su idea fija era la unión de los pueblos para evitar a todo trance el desorden y la anarquía que nos llevaría a un abismo», incluso cuando  se produjo la renuncia del presidente Bernardino Rivadavia, y ante el peligro inminente de la disolución interior por la anarquía y el estado de beligerancia con el Brasil, tomó la iniciativa de unirse mediante un pacto especial con Mendoza y San Juan, que según estimo, es el primer acuerdo suscripto entre las jurisdicciones de San Luis y las demás provincias como estados soberanos. Por tanto, en Cuyo, también este sería el primero de los pactos preexistentes de los cuales hace referencia el Preámbulo de la Constitución Nacional.

José Santos Ortiz tuvo la virtud de la prudencia política de crear la autonomía de San Luis como provincia-estado, afirmar su lugar en la región de Cuyo con personalidad y liderazgo propio, incluso en otras partes del interior como Córdoba y las provincias del norte, con un insoslayable compromiso personal por la plena vigencia del federalismo en la construcción de un destino de bien común, ante el avance del puerto sobre el «desierto» en momentos aciagos para la patria.

El problema del centralismo unitario del Estado nacional en desmedro de las provincias preexistentes al Estado Nacional subsiste, con distintos actores y aristas, la revancha contra Lima continúa mientras el ser nacional aún está siendo construido, a pesar de los intentos de silenciarlo.

José Santos Ortiz. Ilustración revista «Todo Es Historia».

 

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