Reclaman que no asuman los fiscales que se fueron a marzo

21 de junio de 2022

Los senadores poggistas Adolfo Castro Luna (Pedernera) y Sergio Guardia (Junín) presentaron un proyecto de resolución para dejar sin efecto el nombramiento de los 30 fiscales y defensores adjuntos que propuso el gobernador Rodríguez Sáa y que no aprobaron los exámenes.

De los 30 futuros funcionarios judiciales 18 ni siquiera se presentaron a rendir, 11 fueron declarados no recomendables y sólo 1 fue declarado apto por la Comisión Técnica Evaluadora designada por el Consejo de la Magistratura.

Los senadores oficialistas, con el rechazo de Castro Luna y Guardia, le habían dado el visto bueno a esas postulaciones que elevó Rodríguez Saá al Senado.

“Es evidente que esta situación nos pone ante una situación que impone estar a la altura de las circunstancias y tomar todas las medidas necesarias para asegurar la plena vigencia del Estado de Derecho y las garantías de los ciudadanos, máxime teniendo en cuenta que tratamos la designación de Fiscales que van a tener a su cargo el ejercicio de la acción penal en representación del Estado, que van a tener a su cargo garantizar el debido proceso en causas donde, por ejemplo, va a estar en juego la vida o la libertad de todos los habitantes de la Provincia o, en el caso de los Defensores, el de asegurar el correcto ejercicio del derecho a la defensa de los sectores socialmente más vulnerables de la sociedad” señala el proyecto en sus fundamentos.

A continuación, la transcripción del proyecto de Resolución de los senadores Adolfo Castro Luna y Sergio Guardia:

 

 PROYECTO DE RESOLUCION

“Déjese sin efecto el Decreto-Acuerdo Nro. 1-HCS-2022, que presta acuerdo para efectuar las designaciones en los cargos de Fiscales Adjuntos y Defensores Adjuntos de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis”

FUNDAMENTOS

 

Señor Presidente:

Como surge de la Nota Nro. 16/2022 (EXD  Nro. 3220714/22), el Poder Ejecutivo Provincial solicitó acuerdo para designar, en el marco del artículo 118 del apartado “Normas Complementaria y Transitorias” de la Ley IV-086-2021, 30 (treinta) Fiscales Adjuntos y Defensores Adjuntos Provisorios para la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial.

Así las cosas, en fecha 31 de mayo de 2022, este Senado de la Provincia dictó el Decreto-Acuerdo Nro. 1-HCS-2022 por el cual se prestó el Acuerdo solicitado para los 30 postulados.

Ya en esa oportunidad los Senadores que suscribimos el presente proyecto no prestamos nuestro acuerdo, ello en el entendimiento que el sistema elegido no aseguraba la idoneidad que la Constitución Nacional, en su artículo 16, establece como única condición para la admisión en los empleos.

Con posterioridad al dictado del Decreto-Acuerdo Nro. 1-HCS-2022, más precisamente el día 10 de junio de 2022 y conforme surge del Expediente ADM 11928/22, “PROTOCOLO DE ACTAS 2022” del Poder Judicial de la Provincia, se reunió la Comisión Técnica Evaluadora designada por el Consejo de la Magistratura, dando continuidad a las audiencias de evaluación que se habían iniciado el día 7 de junio. Precisamente estas audiencias tenían por objeto evaluar a los postulantes para cubrir los cargos que se habían cubierto en forma provisoria por el Decreto-Acuerdo supra referenciado.

En tal ocasión la Comisión Técnica Evaluadora emitió dictamen, dictamen al que por unanimidad el Consejo de la Magistratura adhirió.

En cuanto hace a la cuestión que nos ocupa, resulta del análisis del dictamen que de las 30 (treinta) personas designadas provisoriamente por el Decreto-Acuerdo Nro. 1-HCS-2022: 18 (dieciocho) no se presentaron siquiera a rendir el examen, 11 (once) fueron declaradas NO RECOMENDABLES y SOLO 1 (UNO) fue declarado RECOMENDABLE, pero para el Cargo de Fiscal, siendo que el acuerdo provisorio había sido otorgado para Defensor.

Sr. Presidente, de 30 (treinta) designados provisoriamente ninguno acreditó ser idóneo para el cargo para el cual se le había prestado acuerdo provisorio!!!.

Es evidente que esta situación nos pone ante una situación que impone estar a la altura de las circunstancias y tomar todas las medidas necesarias para asegurar la plena vigencia del Estado de Derecho y las garantías de los ciudadanos, máxime teniendo en cuenta que tratamos la designación de Fiscales que van a tener a su cargo el ejercicio de la acción penal en representación del Estado, que van a tener a su cargo garantizar el debido proceso en causas donde, por ejemplo, va a estar en juego la vida o la libertad de todos los habitantes de la Provincia o, en el caso de los Defensores, el de asegurar el correcto ejercicio del derecho a la defensa de los sectores socialmente más vulnerables de la sociedad.

Atento lo expuesto no puede seguir vigente un acuerdo que incluye 30 personas de las cuales 29 no han acreditado su idoneidad.

Ello porque como vemos en la obra “DERECHO PROCESAL PARLAMENTARIO, Eduardo Menem con prólogo de Jorge Reinaldo Vanossi, página 489, tratando puntualmente el tema de los acuerdos del Senado “…La decisión del Senado para el otorgamiento del acuerdo es discrecional, pero debe basarse en criterios de razonabilidad, atendiendo a los antecedentes personales y profesionales de la persona propuesta y al requisito fundamental de la idoneidad exigido por el artículo 16 de la Constitución…”.  Es nuestro el remarcado y el subrayado y marca a las claras que el acuerdo otorgado oportunamente debe ser abrogado sin más.

Por todo lo expuesto

 

La Honorable Cámara de Senadores de la

Provincia de San Luis Resuelve:

 

ARTÍCULO 1º.-         Déjese sin efecto el Decreto-Acuerdo Nro. 1-HCS-2022.

ARTICULO 2º.-         Deniéguese el acuerdo solicitado por el Poder Ejecutivo para efectuar designaciones en los cargos indicados en la Nota Nro. 16/2022 (EXD  Nro. 3220714/22).

ARTÍCULO 3º.-         Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.

 

Sergio Guardia

Adolfo Castro Luna

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