Imputaron al exjuez Agustín Ruta por una presunta maniobra con un acta falsa en una causa civil

La Fiscalía acusó al ex magistrado, al ex secretario judicial Marcos Figueroa y al abogado Juan Cruz Domínguez por supuestas irregularidades en un expediente de ejecución de sentencia. Sostienen que incorporaron un acta extraprocesal de una reunión que nunca existió y que fue agregada al expediente después de la muerte del abogado Néstor Nóbile.
21 de mayo de 2026
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El exjuez Ruta siguió la audiencia de imputación en su contra en forma virtual.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra el ex juez civil Agustín Ruta, el ex secretario judicial Marcos Figueroa y el abogado Juan Cruz Domínguez por presuntas irregularidades vinculadas a una ejecución de sentencia derivada de una causa civil contra Banco Macro.

La audiencia se realizó ante el Juzgado de Garantía Nº 4 y fue presidida por la jueza Luciana Banó. La acusación estuvo a cargo del fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 3, Esteban Roche. También participó como querellante el abogado Marcos Juárez, en representación de la familia de Néstor Nóbile.

Según la teoría del caso presentada por la Fiscalía, la investigación se originó a partir de un litigio civil iniciado en 2010 entre la empresa Codapri S.A., representada por Domínguez, y Banco Macro, patrocinado por los abogados Néstor Nóbile y Claudia Rocha. Tras una sentencia favorable para la firma demandante, se abrió un incidente de ejecución para avanzar sobre el cobro de los montos reconocidos judicialmente.

En ese contexto, la Fiscalía sostiene que el 10 de diciembre de 2020 se confeccionó un acta extraprocesal, es decir, un documento elaborado por fuera de las actuaciones ordinarias del expediente, en el que se dejaba constancia de una supuesta reunión realizada en el Juzgado Civil Nº 4 entre representantes de ambas partes.

De acuerdo a la acusación, en esa reunión los abogados Juan Cruz Domínguez y Néstor Nóbile habrían acordado no recurrir determinadas decisiones judiciales relacionadas con embargos, plazos fijos y disponibilidad de fondos. Sin embargo, la Fiscalía afirma que ese encuentro nunca existió y que el acta es falsa.

Uno de los puntos centrales de la investigación es que el documento sólo estaba firmado por el entonces secretario judicial Marcos Figueroa y no por los supuestos participantes de la reunión. Además, el acta fue incorporada al expediente recién el 1º de septiembre de 2021, es decir, nueve meses después de la fecha consignada y tras el fallecimiento de Néstor Nóbile, quien aparecía mencionado como una de las personas que habría prestado conformidad al acuerdo.

Para la Fiscalía, ese dato adquiere una relevancia clave porque el abogado fallecido era una de las pocas personas que podía confirmar o desmentir el contenido atribuido al documento.

La acusación también mencionó distintos elementos incorporados a la investigación: informes de trazabilidad elaborados durante las restricciones sanitarias por Covid-19 que no registrarían el ingreso de algunos de los supuestos asistentes al edificio judicial, análisis técnicos sobre el archivo digital del acta, declaraciones de empleados judiciales y testimonios de familiares de Néstor Nóbile, quienes aseguraron que el abogado permaneció con ellos durante la mañana del 10 de diciembre de 2020 porque celebraba su cumpleaños.

Según la hipótesis fiscal, el documento fue utilizado posteriormente para respaldar decisiones tomadas dentro del incidente de ejecución de sentencia, especialmente aquellas vinculadas con la liberación y transferencia de fondos millonarios en favor de Codapri S.A. La acusación sostiene que Ruta se apoyó en la supuesta existencia de un acuerdo entre las partes para considerar consentidas determinadas resoluciones judiciales y habilitar movimientos de dinero.

En ese marco, la Fiscalía imputó a Agustín Ruta —que tuvo hasta el año pasado la defensa del doctor José Luis Dopazo— y Marcos Figueroa, en calidad de coautores, los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica. A Juan Cruz Domínguez se le atribuyó falsedad ideológica. La calificación legal fue presentada como provisoria.

Durante la audiencia, las defensas rechazaron la hipótesis acusatoria. El abogado Hugo Scarzo, defensor de Domínguez, planteó la “atipicidad manifiesta de los hechos” y sostuvo que, incluso si se tomaran como ciertos los hechos descriptos por la Fiscalía, no configuran delito. También afirmó que el acta no tuvo efectos perjudiciales ni fue determinante en las resoluciones relacionadas con el movimiento de fondos.

La defensa de Ruta —Carlos Bianchi Durán, el mismo abogado que defiende al exministro Marcelo Amitrano imputado por defraudación al Estado y peculado— argumentó que las actuaciones del ex magistrado formaron parte del ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y marcó diferencias entre las resoluciones firmadas por el juez y las constancias confeccionadas desde Secretaría.

En el caso de Figueroa, la defensa oficial no objetó la formulación de cargos, aunque aclaró que ello no implicaba admitir ni los hechos ni la participación atribuida.

Finalmente, la jueza Luciana Banó dio por formulados los cargos e hizo lugar a las medidas de coerción solicitadas por la Fiscalía. Los tres imputados deberán presentarse una vez por mes a firmar el libro de procesados durante 120 días mientras continúa la investigación penal preparatoria.

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