“Vamos muy bien encaminados para arrancar el próximo año electoral buscando consolidar Juntos por el Cambio, también nuestro frente provincial y mantener nuestros socios” le dijo Alejandro Cacace a esta página cuando se le consultó por los resultados de la Convención que se celebró este fin de semana.
El encuentro de la dirigencia radical –que aliada con el espacio de Avanzar sostiene virtuosamente un frente electoral opositor desde hace 5 años- , sirvió para introducir reformas en la Carta Orgánica partidaria y elevar los requisitos para un consenso interno a niveles muy exigentes: si no pudiese haber internas, las decisiones/postulaciones se definirán de conformidad con los dos tercios de la Convención
“La reunión de la Convención fue muy positiva. Llegamos a un acuerdo, primero en lo institucional. Hemos venido con algunas confrontaciones, diferencias, que han tenido que ver con algunas tensiones por las decisiones de las candidaturas en el 2017 y 2019, provincial en gran medida. Ahora establecimos que, además de que el principio es si hay PAS o PASO recurrir a ellas, si no lo hubiera, generar en el frente que conformemos elecciones primarias abiertas para seleccionar los candidatos” explicó el actual diputado nacional, ganador de la última elección para cargos nacionales celebrada en octubre 2020.
“En el caso extraordinario de que no se pudiera por la pandemia, -continuó Cacace- vamos a un esquema de partido de acuerdo. Todas las decisiones importantes, hacer alianzas o hacer arreglos con otros partidos de ubicar ciertas grillas de candidaturas o espacio, todo se va a hacer por las dos terceras partes de la Convención. Esto institucionalmente es muy importante para que ningún sector se imponga sobre otro, antes de que haya una ruptura o un quiebre nos fortalecemos respetando las reglas institucionales”.
La Convención radical decidió hacer algunas reformas en la Carta Orgánica para normalizar el cronograma electoral. El próximo miércoles se presentarán los nombres de una lista de unidad para la conducción partidaria y también para el espacio de la Juventud Radical.
Estos son los cambios introducidos en a la Carta Orgánica Partidaria de la UCR.
Artículo 1º
Modificar el artículo 35º de la Carta Orgánica Partidaria, por la redacción que se expone a continuación: “Artículo 35º: Elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. Los candidatos a cargos públicos electivos nacionales y de parlamentarios del Mercosur serán seleccionados mediante el régimen de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias establecidas por la Ley 26571 o a la norma que sustituya a esta.
En caso que la Provincia de San Luis establezca un régimen análogo de selección de candidatos a cargos públicos electivos provinciales, estos serán elegidos por lo que establezca la ley.
En caso de que las normas no prevean sistema de primarias para la selección de candidatos, la UCR o la Alianza que conforme para la elección general específica, deberá realizar elecciones primarias, abiertas para la selección de candidatos. En su defecto, con la aprobación de los dos tercios del total de los miembros de la Honorable Convención Provincial, se podrá celebrar acuerdos de integración de listas (lugar en orden de lista o cargo electivo) con los partidos integrantes de la alianza que conforme y celebre la UCR siendo los candidatos de la UCR-Distrito San Luis seleccionados a través de elecciones internas de afiliados.
En casos excepcionales y por razones de fuerza mayor, como lo es en estos tiempos la pandemia declarada por la transmisión del virus SARS – Cov 2 (Coronavirus), en los que no se puedan realizar elecciones primarias partidarias o abiertas, con la aprobación de los dos tercios del total de los miembros de la Honorable Convención Provincial, se podrá nominar a las candidatas o candidatos que integren las listas de las alianzas celebradas para cada elección, en los lugares que correspondan a la UCR”.
Artículo 2º
Modificar el artículo 148 de la Carta Orgánica Partidaria, por la redacción que se expone a continuación. “Artículo 148: las alianzas deberán ser suscriptas por el Comité Ejecutivo de la provincia y aprobado por la Convención provincial, por mayoría de dos tercios de la totalidad de sus miembros”.
Artículo 3º
Modificar el artículo 31 de la Carta Orgánica Partidaria, por la redacción que se expone a continuación: “Artículo 31: Condiciones para presentarse como candidato a cargos partidarios. Para la presentación como candidatos a ocupar cargos de conducción partidaria, las listas deberán, como requisito de representatividad partidaria y territorial, presentar listas de candidatos en más de la mitad de las divisiones electorales de grado inferior a la postulación respectiva.
En el caso de los Comités departamentales, se deberán presentar listas en más de la mitad de los Comités de circuito de más de 100 afiliados electores que componen el departamento. En el caso del Comité Ejecutivo de la Provincia se deberán presentar listas en más de la mitad de los comités departamentales, incluyendo entre ellos los comité de los departamentos Juan Martín de Pueyrredón y General Pedernera”.
Artículo 4º
Modificar el artículo 114 de la Carta Orgánica Partidaria, por la redacción que se expone a continuación: “Artículo 114: Sesiones. Quórum. Los comités de circuito celebrarán sesiones públicas por lo menos una vez cada quince días y tendrán quórum con más de la mitad de sus miembros titulares o los suplentes que los hubieran reemplazados”.
Artículo 5º
Modificar el artículo 115 de la Carta Orgánica Partidaria, por la redacción que se expone a continuación: “Artículo 115: Analogía a los comités departamentales. Los Comités de circuito tendrán en sus respectivas jurisdicciones las facultades y obligaciones que esta carta orgánica establece para los comités departamentales en el artículo 107, excepto la del inciso c-. Así también entre sus obligaciones está el cumplir y hacer cumplir las resoluciones del respectivo comité departamental y someter al voto general de los afiliados los asuntos de índole comunal, sea por propia iniciativa o a pedido de no menos del 25% de los afiliados del respectivo circuito”.
Artículo 6º
Derogar los artículos 116, 117 y 118, relativos a la conformación de sub-circuitos como parte de la estructura orgánica de la UCR- Distrito San Luis.
Artículo 7º
Establecer como fecha de presentación de listas de candidatos a cargos partidarios para el día miércoles 11 de noviembre del corriente año, adaptándose en lo sucesivo, el resto de los vencimientos establecidos por el cronograma electoral aprobado por el Comité Ejecutivo de la UCR – Distrito San Luis oportunamente mediante resolución Nº 2-CEP – 2020 y sus modificatorias, fijándo como día del acto electoral el segundo domingo tras la finalización del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.