La Justicia electoral confirmó que no habrá lista oficial de Milei el 11 de Mayo

El Tribunal Electoral de San Luis prohibió a una alianza provincial usar el nombre y símbolo de “La Libertad Avanza”
17 de abril de 2025
Santiago Viola
Santiago Viola, apoderado nacional de La Libertad Avanza. Foto: CEDOC

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El Tribunal Electoral Provincial de San Luis hizo lugar este miércoles a un recurso de apelación presentado por el partido nacional La Libertad Avanza, y ordenó a una alianza provincial cambiar su nombre y su logotipo, por considerarlos idénticos a los de la fuerza liderada por el presidente Javier Milei.

El conflicto se originó cuando una alianza electoral integrada por el Partido Movimiento de Acción Vecinal y el Partido Libertario Departamento Junín fue autorizada a participar de las elecciones provinciales del próximo 11 de mayo bajo el nombre «La Libertad Avanza», utilizando además un símbolo de un ave multicolor, idéntico al de la agrupación oficialista a nivel nacional.

Ante esta situación, el apoderado nacional de La Libertad Avanza, Santiago Viola, presentó un recurso oponiéndose a esa decisión, alegando que la utilización del mismo nombre y símbolo generaría confusión en el electorado, que podría interpretar erróneamente que se trata de la misma fuerza política que respalda al presidente de la Nación, cuando en realidad se trata de partidos sin vínculo jurídico con la organización nacional.

En primera instancia, el Juzgado Electoral de San Luis había rechazado la oposición, considerando que no existía riesgo de confusión dado que «La Libertad Avanza» nacional no participará de las elecciones provinciales. Sin embargo, tras la apelación, el Tribunal Electoral revirtió esa decisión.

En su fallo, el Tribunal consideró que la controversia no se limita a una mera semejanza entre nombres y símbolos, sino que existe una “rigurosa identidad” entre ambos, lo que excede cualquier posibilidad razonable de confusión y configura una causa suficiente para impedir su utilización. Además, destacó que, aunque la agrupación nacional no presente candidaturas en la provincia, tiene plena legitimación para defender sus atributos registrales y evitar su uso indebido.

“El uso idéntico del nombre y del símbolo implica por sí mismo causa suficiente de confusión, puesto que rebasa la mera semejanza, el simple parecido, o alguna similitud, e ingresa en el campo de la exactitud”, sostuvo el tribunal en su resolución.

Como consecuencia, se ordenó a la alianza provincial cuestionada a presentar, en un plazo de 72 horas, una nueva denominación y logotipo para identificarse en las elecciones provinciales.

La decisión marca un antecedente importante en materia de protección de la identidad partidaria y de transparencia en la oferta electoral, especialmente en un contexto donde las coincidencias de nombres y símbolos pueden alterar la voluntad del electorado.

Redacción con IA.

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