Cada día es más complicado el escenario en el que se mueve el rector de la Universidad Nacional de Villa Mercedes a partir de la revelación periodística de los incumplimientos de pagos ante la AFIP, por un monto estimado en los 30 millones de pesos.
Transita el rector David Rivarola por un delicado camino que puede alejarlo de su pretensión de buscar la reelección al frente de esa Universidad y acercarlo en cambio a la sede de los tribunales Federales para dar explicaciones ante la Justicia.
Es que ahora los Consejeros Superiores Titulares reclamaron a través de una solicitud de informe “el motivo del cese de pagos de los aportes a la Seguridad Social correspondiente a los períodos 8, 9 y 10 del corriente año según consta en los registros de aportes patronales de AFIP”.
En concreto le hicieron tres preguntas:
• ¿Cuál es el motivo que originó el incumplimiento del pago de los aportes a la Seguridad Social?
• ¿Qué fondos no estarían llegando a la universidad que impide el cumplimiento de dichas obligaciones?
• ¿Qué medidas se están tomando para dar cumplimiento a las mismas”.
Con la notificación que presentaron en la última sesión pretender “dejar en claro que el Consejo Superior nunca refrendó dicha situación. Tampoco fue notificado formalmente. Sólo aquella vez, en la sesión del 31 de agosto del corriente año, que de manera informal usted anunció la falta de pago de dichas contribuciones a AFIP, argumentando la falta de fondos y que sería resuelto en la inmediatez posible”.
Y agregan: “Ahora nos enteramos por versiones periodísticas y luego comprobando en dicho sistema de Aportes en línea de la página de AFIP que los períodos mencionados anteriormente están impagos”.
La gravedad de esta situación que fue revelada por DePolítica la semana pasada, radica en que hay quienes consideran que la decisión de Rivarola de suspender las obligaciones de pago ante la AFIP se puede encuadrar de mínima con la figura de varios delitos tributarios, entre ellos “Evasión”, “Apropiación indebida de tributos” y otros como “incumplimientos de los deberes de funcionario público”.