31 de marzo de 2022

Del poder político al poder judicial: el caso Figueroa Alcorta

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Por: Juan José Laborda Ibarra

 

En el día de ayer, y ante periodistas locales, el Gobernador Alberto Rodríguez Saa defendió la candidatura a Ministro del Superior Tribunal de Justicia del actual Vicegobernador Eduardo Gastón Mones Ruiz (h).

Como es público, tal postulación ha sido impugnada tanto por los Colegios de Abogados de San Luis y Villa Mercedes como por dirigentes políticos de la oposición.

Los cuestionamientos se fundan principalmente en la “cercanía” de su actual cargo político con el propuesto, lo que violenta la necesaria y prudente distancia entre ambas funciones, característica y requisito esencial de todo régimen republicano.

En sus declaraciones, el Gobernador, luego de defender las condiciones personales de su Vicegobernador, formuló dos afirmaciones que serían necesarias analizar.

En la primera, expresó que “quienes conozcan algo de historia deberían saber que ya ha habido un caso similar, que no ha sido cuestionado, y es el del ex Presidente de la Nación José Figueroa Alcorta (1906/10)…”.

La segunda, es que “…éste, pese a su prestigio personal había tenido un desempeño muy cuestionable al votar la famosa Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación avalando el golpe de 1930…”.

Estas dos afirmaciones, ¿realmente sucedieron así?.

Vayamos a los documentos de esa historia…

 

A la primera de ellas, nuestra respuesta es que de ninguna manera son comparables los casos de Figueroa Alcorta con el del actual Vicegobernador de San Luis.

Figueroa Alcorta no se trasladó de manera directa del poder político al poder judicial…

Fue elegido Vicepresidente de la Nación junto a Manuel Quintana para el periodo 1904/10. Fallecido el entonces Presidente en 1906, completó su mandato hasta su finalización.

Recién en 1915 fue propuesto por el Presidente Victorino de la Plaza como Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cargo que ejerció hasta su muerte en Diciembre de 1931.

Es decir, que desde su cargo de Presidente hasta su asunción en la Corte Suprema pasaron 5 años, tiempo suficiente para marcar la necesaria distancia entre ambos cargos institucionales.

Y la segunda afirmación a los periodistas por parte de Rodríguez Saá, está relacionada a la participación de Figueroa Alcorta en la famosa y muy cuestionada «Acordada» del 10 de Septiembre de 1930, que legitimó el primer golpe militar victorioso en la Argentina y que se denominó “doctrina de facto”.

Los historiadores de ese periodo han echado luz sobre la génesis y desarrollo de ese acto institucional tan cuestionado.

Producido el golpe militar el día 6 de Septiembre de 1930, todos los integrantes de la Corte de entonces los Dres. Roberto Repetto, Ricardo Guido Lavalle y Antonio Sagarna, con la excepción de José Figueroa Alcorta habían festejado hasta con “champagne” -dice el historiador Arturo Pellet Lastra- el derrocamiento del Presidente constitucional Hipólito Irigoyen.

Tres días después, el 9, fueron notificados mediante una simple nota por el general golpista José Félix Uriburu.

El día siguiente, el 10, los cuatro ministros junto al Procurador General de la Nación, doctor Horacio Rodríguez Larreta se reunieron a tratar el tema en el Salón de Acuerdos del cuarto piso del Palacio de Tribunales.

Había tres posiciones a considerar: a) la primera era simplemente darse por notificados de la comunicación de Uriburu y en oportunidad de tratarse algún caso en particular y solo mediante sentencia -no a través de una Acordada-, decidir sobre la constitucionalidad o no del gobierno revolucionario; b) la segunda, era que debía reconocerse al gobierno de facto, usando la jurisprudencia internacional del jurista canadiense Albert Constantineau denominada “doctrina del gobierno de facto”, y que fue la que en definitiva sostuvo la Corte; y c) la tercera, propuesta por Figueroa Alcorta era que no debía reconocerse de ninguna manera el quebrantamiento del orden constitucional y que en consecuencia los ministros debían inmediatamente presentar sus renuncias..

Sus biógrafos Guada Aballe y Arturo Pellet Lastra, reconocen que seguramente habrá pesado en la opinión de Figueroa Alcorta, sus dolorosas experiencias anteriores: había sido prisionero de los revolucionarios de 1905 y opositor a las revoluciones de 1890 y 1893.

La discusión entre Figueroa Alcorta y Roberto Repetto, fue a viva voz, dicen los historiadores.

¿Cómo terminó la discusión? Repetto logró convencer a los otros dos ministros, Lavalle y Sagarna, y la mayoría decidió la acordada que hoy todos conocemos, y a lo que después se sumó el mismo Figueroa Alcorta.

¿Por qué lo hizo?; ¿Por qué no voto en contra defendiendo sus opiniones? ¿Debilidad de carácter? ¿Excesivo espíritu de cuerpo y de lealtad a sus pares?

Nunca lo expresó. Se negó sistemáticamente a dar entrevistas a los periodistas que lo interpelaron sobre tal suceso. Murió pocos meses después…

Su “ejemplo”, en lo bueno y en lo malo, sirvió para que 36 años después, en Junio de 1966, y en sentido inverso, otro Ministro de la Corte, el puntano Carlos Juan Zavala Rodríguez rechazara solitariamente, de manera pública y terminante -a diferencia de lo que hicieron sus otros pares-, el golpe militar que derrocó al Presidente democrático Arturo Illia.

La confusa conducta de Figueroa Alcorta había hecho “escuela” -inversa-, y de la mejor…

Así fueron los hechos….

Esc. Juan José Laborda Ibarra

 

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